1. El Arq. JUAN CARLOS REATIGA RINCON, identificado con cedula de ciudadanía 13.511.449 de Bucaramanga, fue designado como Curador Urbano Nº 1 del Municipio de Floridablanca, para un periodo individual de 5 años, mediante Decreto No. 0334 del 26 de septiembre de 2022, Diligencia de Posesión No. 0089 de fecha 10 de octubre de 2022, el cual inicia a partir del 11 de octubre de la presente anualidad, ello debido a la selección realizada en la lista de elegibles del concurso público nacional de méritos para Curadores Urbanos No. 0001 del año 2018.

2. Con la entrada en vigencia del Decreto 1783 de 2021 «Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1077 de 2015 Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo relacionado con el estudio, trámite y expedición de las licencias urbanísticas y se dictan otras disposiciones, se realizaron cambios importantes en el estudio, tramite y expedición de licencias, específicamente lo siguiente:

3. Las solicitudes de prórrogas de licencias urbanísticas y revalidaciones deberán realizarse 30 días hábiles antes del vencimiento de la licencia inicial o de la revalidación.

4. El proyecto urbanístico general y la reglamentación de las urbanizaciones aprobadas mantendrán su vigencia aun cuando se modifiquen las normas urbanísticas sobre las cuales se aprobaron y servirán de fundamento para la expedición de las licencias de urbanización de las demás etapas, siempre que la licencia de urbanización para la nueva etapa se solicite como mínimo cuarenta y cinco (45) días hábiles antes del vencimiento de la licencia de la etapa anterior. En todo caso, la vigencia del proyecto urbanístico general no podrá ser superior a la suma de la vigencia de las etapas que la componen.

5. Las vigencias de licencias de que trata el artículo 2.2.6.1.2.4.1. quedaron de la siguiente manera:

6. Las vigencias de otras actuaciones de que trata el artículo 2.2.6.1.3.1, corresponde a: